Sobre la reforma
constitucional
El fundador del
partido socialista alemán, Ferdinando Lasalle, pronunció en 1862
una famosa conferencia conocida bajo el nombre “Qué es una
Constitución”. Decía Lasalle: “He aquí pues, señores, lo que
es en esencia la Constitución de un país: la suma de los factores
reales de poder que rigen en ese país”. Con esto, se oponía a
cierto idealismo constitucionalista, que creía (y cree) suficiente
dejar impreso en el texto de la Carta Magna los derechos por los
cuales luchaba para convertirlos en efectivos. Lasalle sostenía con
esto que ninguno de esos derechos allí promulgados iba a ser
eficazmente ejercido si no existía, previamente, una modificación
sustancial de las condiciones reales de poder.
En su conferencia
propone a sus oyente la hipótesis de que se quemase por completo el
Archivo del reino de Prusia y se destruyesen la Constitución y todas
las leyes del país. Ante esa supuesta inexistencia de leyes ¿alguien
podía, entonces, declarar la República? Y respondía Lasalle. “El
rey les diría, lisa y llanamente: Podrán estar destruidas las
leyes, pero la realidad es que el Ejército me obedece, que obedece
mis órdenes; la realidad es que los comandantes de los arsenales y
los cuarteles sacan a la calle los cañones cuando yo lo mando, y
apoyado en este poder efectivo, en los cañones y las bayonetas, no
toleraré que me asignéis más posición ni otras prerrogativas que
las que yo quiera. Como ven ustedes, señores, un rey a quien
obedecen el Ejército y los cañones ... es un fragmento de
Constitución”. Y enumera la conducta en tal caso de los distintos
actores sociales: la nobleza, la gran burguesía, los banqueros, la
conciencia colectiva y la cultura general, la pequeña burguesía e,
incluso, la clase trabajadora, sobre la que hace la siguiente
pregunta: ¿Se le iba a ocurrir a alguien, entonces, retrotraer a los
trabajadores a las condiciones de siervos de la gleba de la Edad
Media? “No, señores, esta vez no prosperaría, aunque para sacarla
adelante se aliasen el rey, la nobleza y toda la gran burguesía.
Sería inútil. Pues, llegadas las cosas a ese extremo, ustedes
dirían: nos dejaremos matar antes que tolerarlo. Los obreros se
echarían corriendo a la calle, sin necesidad de que sus patronos les
cerrasen las fábricas, la pequeña burguesía correría en masa a
solidarizarse con ellos, y la resistencia de ese bloque sería
invencible, pues en ciertos casos extremos y desesperados, también
ustedes, señores, todos ustedes juntos, son un fragmento de
Constitución”.
Estos son los
factores reales de poder a los que se refiere Lasalle, quien termina
su idea afirmando: “Se toman estos factores reales de poder, se
extienden en una hoja de papel, se les da expresión escrita, y a
partir de este momento, incorporados a un papel, ya no son simples
factores reales de poder sino que se han erigido en derecho, en
instituciones jurídicas, y quien atente contra ellos atenta contra
la ley, y es castigado”.
Nuestras
constituciones
Nuestra primera
constitución, en 1819, pretendió ser impuesta a la fuerza al
conjunto del país. Se trataba de una constitución unitaria, una
Constitución que dejaba sin definir el sistema de gobierno, que se
podía aplicar tanto a una república como a una monarquía. Los
factores reales de poder, los caudillos de las provincias del
interior, no la aceptan y es derogada como resultado de la batalla de
Cepeda, al año siguiente. Lo mismo pasa en 1826, con la constitución
rivadaviana, que es derogada poco después al querer imponer los
criterios con que la burguesía porteña defendía sus privilegios
sobre el interior del país, que se resistía, incluso con las armas,
a esta hegemonía del puerto.
Juan Manuel de
Rosas, con su política de alianzas con los caudillos del interior,
logra mantener un estado de conflicto no beligerante sobre la base de
que la renta del puerto no la toca nadie más que los vecinos de
Buenos Aires. Es necesario el derrocamiento de Rosas por medio de una
guerra civil, con intervención extranjera, para que, en 1853, se
dicte esta Constitución que, de alguna manera, exceptuando un
ínterin de no más de 6 años, nos ha regido desde entonces.
Hubo la necesidad de
modificar por medio de la guerra las relaciones objetivas de poder
para lograr imponer una Constitución que fue un acta de rendición
de los vencidos en Caseros ante sus vencedores. Pero nuevamente otro
factor real de poder, los beneficiarios del monopolio del puerto de
Buenos Aires hacen rancho aparte, la ciudad-puerto se separa y el
poder ejecutivo de la República debe trasladarse a la ciudad de
Paraná.
La incorporación de
la ciudad de Buenos Aires a la Confederación en 1860, bajo el
gobierno de Mitre, realizada sobre la derrota nacional de Pavón, se
hace a condición de que los derechos de exportación no fueran
considerados como rentas nacionales, sino como rentas de la
ciudad-puerto. Todo lo que pagaban los productores del país para
salir por el puerto de Buenos Aires era propiedad de Buenos Aires.
Las guerras civiles,
que habían empantanado al país, con sus consecuencias económicas y
humanas sólo finalizan cuando, en 1880, las tropas del Ejército
Nacional, acaudilladas por Julio Argentino Roca, tropas a las que los
porteños llamaron cuicos (lombriz en quechua, un insulto dirigido a
los mestizos e indios del Alto Perú), ocupan militarmente la ciudad
de Buenos Aires y libran la batalla de los Corrales, donde mueren
3.500 personas. Sólo un hecho militar pudo terminar con el monopolio
porteño sobre el puerto de Buenos Aires y nuevamente se modifica la
relación de fuerzas a favor de los sectores del interior, que son
expresados, en ese momento, por Roca.
La Constitución de
1949
La primera
Constitución Argentina que fue el resultado de una modificación de
las relaciones de poder a favor de los sectores nacionales y
populares fue la Constitución de 1949. Este texto constitucional que
incorporó el sistema moderno, y casi pionero en ese momento, del
derecho social y de la propiedad inalienable del subsuelo, fue un
producto de la poderosa movilización obrera y popular del 17 de
octubre de 1945. Sin ese cambio de las relaciones de fuerza la
Constitución del 49 no hubiera sido posible.
Fue necesario un
golpe de estado, cuyos resultados aún perduran en la historia
nacional, en 1955, para que, de manera ilegítima e ilegal, un
decreto militar derogase una Constitución aprobada por una Asamblea
Constitucional. Todas las reformas posteriores dependieron de un
decreto militar que derogó una Constitución legítimamente aprobada
que fue sepultada en el olvido y el silencio.
Frente al palacio
del Congreso se construyeron, hace unos años, unas artísticas
verjas de hierro forjado a las que se adornó con una breve síntesis
de la historia constitucional argentina. Invito a los lectores a leer
lo que allí dice. La Constitución Nacional de 1949 brilla por su
ausencia. El parlamento argentino borró de dicho homenaje a la única
constitución de nuestra historia que fue producto de unas relaciones
de fuerza a favor de los sectores nacionales y populares.
La constitución de
1994
Desde 1976, el
neoliberalismo se impuso a sangre y a fuego en el país y logró
transformar radicalmente las condiciones estructurales creadas entre
1945 y 1955. Básicamente, se logró desindustrializar el país. Con
ello se diezmó a la clase obrera, que era orgullo de América
Latina, convirtiéndola en un ejército de desocupados que todavía
no hemos podido reincorporar plenamente al trabajo asalariado.
Es de destacar, por
otra parte, que la Asamblea Constituyente de 1994 no tomó como uno
de sus antecedentes la Constitución del 49, pese a que la minoría
de esta asamblea estaba formada por representantes del partido que
había aprobado aquella constitución, el partido Justicialista.
La constitución del
94 surge entre gallos y medianoche, de una conversación personal
entre el presidente Carlos Menem y el expresidente Raúl Alfonsín, y
estatuye las nuevas relaciones reales de poder de la Argentina
desindustrializada, desnacionalizada y endeudada. Entregó los
recursos naturales del subsuelo a las provincias y con ello
desarticuló al estado nacional, posibilitando las condiciones para
la entrega y desguace de empresas como YPF o YCF. Mientras en 1949 se
había establecido la propiedad inalienable e imprescriptible del
estado sobre las riquezas del subsuelo, en 1994 se entrega a las
provincias la capacidad de negociar con las grandes multinacionales
extractivas. Como dijera la señora Presidenta de la Nación: sin las
espaldas suficientes para enfrentar a estos enormes poderes
económicos.
A su vez la creación
de la llamada Ciudad Autónoma de Bs.As. implicó retrotraer al país
a los días anteriores a 1880. Convirtió al gobierno de la Nación
en huésped del gobierno de la ciudad, el lugar donde el gobierno
nacional reside, pero no gobierna. Recuérdese que el intendente de
la ciudad le prohibió a la presidenta de la Nación la realización
de Tecnópólis en la Capital Federal. La solución que habían
encontrado a fines del siglo XIX, en la que el gobierno nacional
nombraba un jefe de gobierno, un intendente de la ciudad de Bs.As. y
los vecinos de Buenos Aires elegían un Concejo Deliberante para
tratar los específicos de la ciudad, no estaba del todo mal. Al
darle carácter autónomo, lograron enquistar nuevamente en Buenos
Aires a las fuerzas políticas más reaccionarias del país.
La suma de los
factores reales de poder que rigen en la Argentina no son los mismos
que en 1994. Desde el año 2003 han cambiado las relaciones de fuerza
entre los distintos sectores sociales. La deuda externa dejó de ser
el cáncer que debilitaba nuestro sistema productivo. La desocupación
ya no es el estado endémico en que vivió gran parte de nuestra
población durante los gobiernos neoliberales. El poder del
imperialismo dentro de nuestras fronteras no es el mismo que en los
'90. La nacionalización de empresas estratégicas, como Aerolíneas
Argentinas e YPF y la reforma de la Carta Orgánica del Banco Central
han fortalecido el poder nacional sobre nuestra economía. El derecho
laboral ha vuelto a funcionar del modo en que fue pensado. La
ampliación de derechos civiles y sociales ha dejado de ser un mero
consejo constitucional para convertirse en políticas de Estado. El
Mercosur, la Unasur, la CELAC y la propia política latinoamericana
no es sólo un aspecto de la política internacional. Es política
nacional ampliada.
Es
necesario cristalizar en una constitución esta nueva suma de
factores reales. Siguiendo al mismo Lasalle podemos afirmar: “Allí
donde la Constitución escrita no corresponde a la real, estalla
inevitablemente un conflicto que no hay manera de eludir y en el que
a la larga, tarde o temprano, la Constitución escrita, la hoja de
papel, tiene necesariamente que sucumbir ante el empuje de la
Constitución real, de las verdaderas fuerzas vigentes en el país”.
Podemos agregar que,
además, consolida lo que se ha obtenido y estatuye un nuevo piso,
más alto, que dificulte o impida las restauraciones cíclicas que ha
sufrido nuestra historia política. Si ello implica ampliar las
posibilidades de reelección presidencial es, también, una buena
posibilidad para discutirlo.
Buenos Aires, 19 de junio de 2012
2 comentarios:
Julio, concuerdo totalmente con tu escrito. Ayer estuve en el Lanzamiento del "Movimiento para una nueva Constitución Democratica" con la firma de un Acta Fundacional en la que además de la CTA,Nuevo Encuentro, Frente Grande, Movimiento Evita, Corriente Martín Fierro, CPN 25,y otras 40 organizaciones más, con la intención de abrir Foros de discusión populares en todas las provincias, comenzando el mes entrante en la Provincia de Buenos Aires. Saludos
Mi pensamiento es que hay que volver a la esencia de la CONSTITUCIÓN de 1949 actualizada al presente donde la coyuntura mundial, aunque parece muy distinta, es la misma en lo que a poder de los imperios hace con la diferencia que se ha trasladado de los estados a las concentraciones económicas transnacionales las que hacen actuar a los gobernantes como sus socios o delegados o simplemente títeres.
Algunos temas deberán actualizarse por la lógica evolución de los tiempos e incluir el avance internacional regional con proyección al 3ª. MUNDO y a los NO ALINEADOS.
Una nueva constitución debe plantear el concepto de soberanía con proyección regional haciendo recaer éste no sólo en los valores de la NACIÓN sino, lo más importante, en los del PUEBLO.
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