22 de abril de 2020

La reacción de los jurisconsultos de los millonarios


En octubre del año 2006, el entonces gobernador de la Provincia de Buenos Aires, Felipe Solá, elevó a la Junta Electoral de su distrito, en un escrito de 49 páginas, un pedido de declaración de certeza acerca de si estaba o no autorizado para presentarse nuevamente a elecciones. En 2002, Solá era vicegobernador. Asumió como titular del Ejecutivo provincial en reemplazo de Carlos Ruckauf, ue renunció en medio del polvaderal de diciembre de 2001. En 2003 fue elegido gobernador y el pedido apuntaba a que la Junta Electoral se expidiese, previo a todo otro trámite, si podía presentarse nuevamente o el interinato del 2001 al 2003 podía considerarse como un primer mandato. Obviamente, el punto de vista sostenido en el escrito era que ese período no correspondía constitucionalmente ser considerado como un primer mandato. Posteriomente, el desarrollo del acontecer político y la presión opositora contra las reelecciones hicieron desistir a Solá de presentar su candidatura.
La vicepresidenta de la República y presidenta del Senado Nacional, a través de la Directora de Asuntos Jurídicos del Senado, la doctora Graciana Peñafort, elevó a la Corte Suprema de la Nación un pedido de declaración de certeza sobre si es constitucionalmente válida o no una sesión no presencial de dicha cámara, es decir a través de instrumentos electrónicos que permitan el debido debate parlamentario y la correspondiente votación, sin necesidad de reunir, en medio de la cuarentena a 72 senadores y senadoras, mucho de ellos en clara zona de riesgo, más sus asesores y empleados necesarios para dicha sesión. Como es sabido, el principal tema de esa sesión será el paquete impositivo preparado por el poder Ejecutivo para enfrentar la crisis del Covid 19 y sus consecuencias económicas y sociales. Ello significa, en buen romance, un impuesto a las 12.000 personas más ricas de la Argentina.
¿Y cuál es el propósito de ese pedido de declaración de certeza que formula la presidenta del Senado? Habida cuenta del papel de custodio de las grandes fortunas que, tradicionalmente, se ha fijado la Corte Suprema de la Nación -salvo contadísimos casos-, el objetivo es impedir que, posteriormente a la sanción de dicha ley impositiva, el sistema mafioso de los grandes estudios, sus grandes clientes y la miríada de abogados a sueldo de estos proponga una inconstitucionalidad de dicha ley, por no haberse sancionado de manera presencial por el parlamento nacional.
Eduardo Casal: "Y soy abogado", respondió cuando le preguntaron por qué había actuado de manera tan artera.

Conocedora de las mañas trapisonderas de sus excelencias, de su orgánica prosternación ante el poder económico, de su afán de emulación a la Corte Suprema de los grandes plutócratas de los Estados Unidos, Cristina Fernández de Kirchner pretendió, tan solo, curarse en salud. Y lo bien que ha hecho, porque las respuestas no han tardado en salir publicadas en el sistema mediático de la Rosca oligárquica y financiera. El devaluado presidente de la Corte, el especialista en Derecho de Clarín, Carlos Rosenkrantz, intentando sacarle el culo a la jeringa, sin valor para decir que no se puede y sin interés en decir que sí se puede, posterga la reunión que debería tratar el pedido. A su vez, el procurador general de la Nación interino, el macrista Eduardo Casal -de quien solo Dios sabe por qué continúa en ese cargo- se pone la toga de Ulpiano y el porte de Papiniano para declarar, con vos engolada, que la Corte no tiene por qué responder a eso, ya que no se trata de un contencioso. Y, evocando la memoria augusta de Montesquieu afirma que una intervención del máximo tribunal como la que pidió la vicepresidenta “importaría indefectiblemente”, de parte de la Justicia, “una intromisión en las atribuciones propias del Senado de la Nación”. Por supuesto, simultáneamente considera, aunque no lo mencione, que declarar una eventual inconstitucionalidad de una ley dictada bajo esas condiciones sería simplemente un maravilloso acto de ejercicio de la división de poderes establecida por la sacrosanta constitución del 53 y del 94, además del necesario ejercicio de control que el augusto cuerpo tiene como misión.
La hipocresía suele disfrazarse de sobriedad pretoriana. Sinvergüenzas que se niegan a pagar impuestos como todos los ciudadanos, cretinos que estuvieron a punto de aceptar miembros impuestos por un decreto presidencial, marrulleros de cafetines de Tribunales, pequeros de dados cargados, su única tarea es defender con argumentos prestigiosos la fortuna delictuosa de evasores, lavadores, especuladores y usureros.
Que se reúna virtualmente el Congreso y que el número de los representantes populares les imponga a estos verdugos del pueblo argentino la necesaria distribución de su mal habida riqueza.
Buenos Aires, 21 de abril de 2020





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